Por: Boris
Bernal Mansilla
“Por mucho
tiempo tuve la ocasión de escuchar interpretaciones por conjuntos musicales que
trataron de imitar a los famosos Sikuris de Italaque, muchos de ellos de larga
trayectoria artística se acercaron bastante a lo autentico; algunos figurando
como compositores, otros como recopiladores, no faltaron quienes acomodando
letras sin ningún sentido poético, convirtieron bellas melodías en vulgares y
trillados huayños, perdieron de este modo su pureza original. Pocas veces han
llevado al disco interpretaciones autenticas de los verdaderos compositores y
propietarios de esta música, que jamás reclamaron Derechos de Autor. Ni siguieron
juicio a nadie. Ellos vivieron en el anonimato caracterizándose por su
humildad, pero han sabido conservar su trono señorial asistiendo en otrora a
grandes festivales y eventos internacionales donde ganaron los primeros
lugares. Críticos valoraron su obra y autoridades quisieron premiar sus
interpretaciones, construyendo una Escuela Normal de Música Autóctona en el
pueblo de Italaque”, con estas
palabras las cantautora italaqueña Chela Rea Nogales presenta el disco “Sikuris
de Italaque Taypi Ayca difundido en el
año 1968.
En estas palabras encontramos el atisbo inicial de lo
que hoy la Ley 530 de Patrimonio Cultural de Bolivia declara
como Patrimonio Material e Inmaterial a los Tesoros Humanos Vivientes que “Son personas que encarnan, en grado máximo,
las destrezas y técnicas necesarias para la manifestación de ciertos aspectos
de la vida cultural de un pueblo y la perdurabilidad de su patrimonio cultural
inmaterial y material”
Nemecio Huanacu Calamani Representante de los Sikuris
Mallkus de Taypi Ayca – Italaque en su Tesis de licenciatura en Derecho
titulada “Mecanismos Jurídicos para la Reivindicación y Registro de los
Derechos de Autor Sikuris de Taypi Ayca – Italaque” sobre el patrimonio
cultural y los Tesoros Humanos Vivientes afirma: “Los Sikuris de Taypi Ayca – Italaque, como organización comunitaria
representa al conjunto de personas que se organizan a partir de un factor
común, en este caso la conciencia de una necesidad o perspectiva que se tiene
para la preservación de su patrimonio inmaterial como parte de sus saberes ancestrales y que en
este caso se materializa a través del interprete como patrimonio material o Tesoro Humano
Viviente. Para esto el Estado debe prestar la colaboración
necesaria y el reconocimiento especial a los gestores y difusores de los valores
que hacen a los Sikuris de Taypi Ayca – Italaque”
La Organización de las Naciones Unidas para Educación, la Ciencia y la
Cultura UNESCO en sus Directrices para la creación de sistemas nacionales de
“Tesoros Humanos Vivos”, menciona: “Los
Tesoros Humanos Vivos son individuos que poseen en sumo grado los conocimientos
y técnicas necesarias para interpretar o recrear determinados elementos del
patrimonio cultural inmaterial. Corresponde a cada Estado Miembro
escoger un título adecuado para designar a los depositarios de conocimientos y
técnicas, siendo indicativo el título de “Tesoro Humano Vivo” propuesto por la
UNESCO”
Siendo sus objetivos:
“(i) El primer
propósito del establecimiento de sistemas nacionales de Tesoros Humanos Vivos
es preservar los conocimientos y las técnicas necesarios para la
representación, ejecución o recreación de elementos del patrimonio cultural
inmaterial de gran valor histórico, artístico o cultural.
(ii) En el marco del
sistema, aparte del reconocimiento público se adoptan medidas, por ejemplo, en
forma de ayudas o subvenciones especiales a favor de los Tesoros Humanos Vivos,
de manera que puedan asumir sus responsabilidades en la salvaguardia del
patrimonio cultural inmaterial que les corresponda. Estas medidas tratan sobre
todo de lograr:
1. la perpetuación y el
perfeccionamiento de sus conocimientos y técnicas;
2. la transmisión de sus
conocimientos y técnicas a las jóvenes generaciones mediante programas de
formación formal o informal;
3. la contribución a la
producción de documentos y archivos del patrimonio cultural inmaterial en
cuestión (grabaciones audio o vídeo, publicaciones, etc.)
4. la difusión de sus
conocimientos y técnicas;
5. cualquier otra misión que
pudiera serles encomendada.
(iii) El sistema
debería alentar también a los jóvenes a adquirir los conocimientos y las
técnicas requeridos para interpretar o recrear elementos del patrimonio
cultural inmaterial, proporcionándoles el reconocimiento y la audiencia del
público a escala comunitaria, nacional o internacional”
Con estos antecedentes y en ese sentido,
corresponde al Gobierno Municipal de Mocomoco, al Gobierno Departamental
de La Paz y al Gobierno Central declarar a los Grandes Maestros Interpretes de
los Sikuris Taypi Ayca– Italaque como Patrimonio Material e Inmaterial como Tesoros
Humanos Vivientes.
Es interesante conocer un poco mas acerca del arte de los sikuris, Gracias por la información. Como decía el gran Eduardo Galeano "debemos ser contemporáneos de todos los que tienen voluntad de belleza sean de donde sea que hallan vivido y sea cual sea la época en que vivieron" Saludos cordiales desde Tijuana Baja California
ResponderEliminar